INTRODUCCIÓN

Hemos presentado documentación que cuestiona el arbitrario sistema tributario que vulnera los Principios Contractuales del Estado de Derecho y se propone una reforma tributaria que parte desde la modificación de los Artículos 32 y 74 de la Constitución -para que los ciudadanos podamos ejercer nuestro derecho soberano a someter a referéndum asuntos tributarios y presupuestales- hasta que el ciudadano, ejerciendo su derecho de autodeterminación, pueda decidir el tipo y calidad de servicio que espera recibir del Estado Gobierno y el tipo y monto de contribución que hará para tener derecho a estos servicios.

Paralelamente se propone una modificación del Código Tributario para que este tenga definido con claridad y precisión las atribuciones de los órganos del sistema de administración tributaria. Para evitar el actual abuso de la legalidad que se hace posible por haberle otorgado -a la administración tributaria- un omnímodo poder:"la facultad de discresionalidad", que se fortalece aún más con la cuasi inmunidad de la que gozan sus funcionarios.
También proponemos se elimine la inmoral Bonificación por Productividad que arbitrariamente el Estado Gobierno otorga a los funcionarios del sistema tributario.

La equidad del sistema tributario debe sustentarse en principios como el bien común es el deber común de todos, quien no cumple con sus deberes no tiene derechos y no en el absurdo criterio de que los pudientes tienen la obligación de ser solidarios con los carentes y en correspondencia con ello, solo a los pudientes, debe diversificársele e incrementársele los tributos para "que paguen más los que más ganan". Es decir, nuestro sistema tributario castiga el éxito.
Creemos que el democrático IGV podría ser la base de un equitativo sistema tributario.

Esta documentación se presentó a la Presidencia de la República, al Primer Ministro, al Ministro de Economía, a todos los Congresistas de la República, a la Defensoría del Pueblo y a la SUNAT.


DOCUMENTOS INGRESADOS A LA SUNAT
a) 06 de agosto del 2004 con el Nº 006290
b) 06 de agosto del 2004 con el Nº 006291
c) 03 de septiembre del 2004 con el Nº 006973
d) 13 de septiembre del 2004 con el Nº 007238
e) 17 de septiembre del 2004 con el Nº 007447
f) 01 de octubre del 2004 con el Nº 008051
g) 15 de octubre del 2004 con el Nº 008610
h) 21 de octubre del 2004 con el Nº 008833

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